RESERVA DE SEGUNDA CLASE DE SUBOFICIALES DEL EJÉRCITO. La reserva de segunda clase de suboficiales de las Fuerzas Militares está constituida por los colombianos mayores de dieciocho (18) años que se encuentren en condiciones físicas y técnicas para desempeñar cualquier cargo de categoría de suboficial de la Institución Militar, siempre que no hayan sobrepasado la edad máxima establecida por ley para los servidores públicos.
Decreto 1790 de 2000 →Vigente
Artículo 126
Reserva De Segunda Clase De Suboficiales Del Ejército
Decreto 1790 de 2000 · por el cual se modifica el Decreto que regula las normas de carrera del personal de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.