ESTABLECIMIENTO DE LA SEDE DE LA COMUNIDAD DE POLICIAS DE AMERICAS.
El Estado colombiano acepta el establecimiento, dentro del territorio de la República de Colombia, en la ciudad de Bogotá, de la sede permanente de AMERIPOL.
Las funciones a desempeñar por AMERIPOL en territorio colombiano conciernen a las actividades realizadas por la Organización, de conformidad con lo establecido en Tratado Constitutivo de AMERIPOL.
La locación física de la Sede a establecerse en territorio colombiano deberá ser acordada por las Partes mediante Canje de Notas.
La apertura de oficinas adicionales en territorio colombiano, así como el cambio de locación de la Sede, requerirá la autorización previa del Estado. A su vez, AMERIPOL deberá informar al Estado Sede, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, sobre cualquier cambio en la ubicación de la Sede.