Micelio

Artículo 11

Facúltese Al Gobierno Para Emitir Bonos Internos Hasta La Cantidad De Tres Millones De Pesos ($3

Decreto 238 de 1952 · Por el cual se crea una nueva Comisión del Escalafón de Antiguos Militares y se dictan otras disposiciones sobre la materia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Facúltese al Gobierno para emitir bonos internos hasta la cantidad de tres millones de pesos ($3.000.000.00), para darle cumplimiento a las leyes sobre recompensa y demás beneficios decretados a favor de los antiguos militares y para dictar las medidas fiscales que permitan el fácil y rápido pago de estas prestaciones.

Parágrafo 1

Estos bonos devengarán un interés anual del cuatro por ciento (4%) y su amortización se hará por sorteos semestrales de a quinientos mil pesos ($500.000.00) cada uno. La emisión se hará una vez se haya agotado la que se autorizó en el artículo 6º de la Ley 43 de 1944 con el mismo fin.

Parágrafo 2

Facúltese al Gobierno para contratar el servicio de pago de amortización e intereses de esta emisión con el Banco de la República, y a este Banco para que compre los mencionados bonos con un descuento inicial hasta del diez por cinto (10%).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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