Para el cambio de servicio de que trata el artículo 9° de este decreto, se deberán cumplir los siguientes requisitos
Solicitud firmada por el propietario del vehículo, dirigida al Organismo de Tránsito y Transporte respectivo.
Formulario Único Nacional debidamente diligenciado para los cambios de licencia de tránsito, de placas y de color del vehículo, firmado por el propietario que figure en la licencia de tránsito.
Fotocopia legible de la Licencia de Tránsito del vehículo.
Original de la última Tarjeta de Operación.
Fotocopia del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), vigente.
Paz y salvo de la empresa a la cual está vinculado.
Recibo de consignación por concepto de cambio de placas y de la licencia de tránsito.
El paz y salvo que expida la empresa no tendrá costo alguno para el propietario del vehículo.