Micelio

Artículo 6

Los Reconocimientos Como Empresa Ensambladora Otorgados Por La Superintendencia De Industria Y Comercio Serán Intransferibles Y Cualquier Cambio En La Conformación Social De La Empresa Deberá Ser Informado A La Superintendencia De Industria Y Comercio, La Cual Podrá Determinar La Necesidad De Tramitación De Un Nuevo Reconocimiento

Decreto 308 de 1985 · Por el cual se dictan disposiciones reglamentarias de la Industria de Ensamble

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los reconocimientos como empresa ensambladora otorgados por la Superintendencia de Industria y Comercio serán intransferibles y cualquier cambio en la conformación social de la empresa deberá ser informado a la Superintendencia de Industria y Comercio, la cual podrá determinar la necesidad de tramitación de un nuevo reconocimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 308 de 1985