La División Comercial tendrá las siguientes funciones: 70.1 Elaborar el programa anual de compras y supervisar o las actividades relacionadas con las compras que efectúen e las dependencias regionales del Ministerio y velar por el cumplimiento de las normas establecidas para el efecto. 70.2 Tarmitar las compras de bienes muebles y elementos de consumo que requieran las distintas dependencias del Ministerio, el Fondo Vial Nacional o el Fondo de Inmuebles Nacionales. 70.3 Aplicar y supervisar los procedimientos para las compras locales y en el exterior, de acuerdo con las normas legales vigentes. 70.4 Manejar la importación de bienes a través del sistema In-Bond destinados a las dependencias del Ministerio, a sus organismos adscritos o vinculados y firmas contratistas que ejecuten obras a cargo del Ministerio, del Fondo Vial Nacional o del Fondo de Inmuebles Nacionales. 70.5 Solicitar por el sistema In-Bond a los proveedores extranjeros el despacho de los bienes requeridos con destino al Ministerio, Fondo Vial Nacional, Fondo de Inmuebles Nacionales y firmas contratistas para contratos con el Ministerio y tramitar su nacionalización de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. 70.6 Velar por el adecuado funcionamiento de los almacenes y coordinar los servicios que deban prestar. 70.7 Recibir, almacenar, controlar y suministrar los bienes muebles que requiera el Ministerio, el Fondo Vial Nacional o el Fondo de Inmuebles Nacionales y tramitar la baja de los que no sean ya necesarios para el servicio, de acuerdo con las normas legales sobre la materia.
Decreto 1322 de 1983 →Vigente
Artículo 70
La División Comercial Tendrá Las Siguientes Funciones: 70
Decreto 1322 de 1983 · Por el cual se determinan las funciones de las divisiones y secciones pertenecientes a cada una de las oficinas, direcciones y subdirecciones del Ministerio de Obras Públicas y Transporte
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.