ARTICULO 67
1.
Cada Miembro del Consejo Económico y Social tendrá un voto.
2.
Las decisiones del Consejo Económico y Social se tomaran por la mayoría de los Miembros presentes y votantes. Procedimiento.
1
Decreto 861 de 1946 · Por el cual se promulgan unos pactos internacionales
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
ARTICULO 67
Cada Miembro del Consejo Económico y Social tendrá un voto.
Las decisiones del Consejo Económico y Social se tomaran por la mayoría de los Miembros presentes y votantes. Procedimiento.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.