°. Efecto y vigencia de la certificación. La certificación que se realice conforme a lo dispuesto en el presente decreto, producirá efecto a partir de la vigencia fiscal siguiente del año en que haya sido notificada, fecha en la cual el municipio podrá asumir la prestación de los servicios de salud en los términos del presente decreto y de las demás normas que regulen la materia.
Decreto 4973 de 2009 →Vigente
Artículo 9
Efecto Y Vigencia De La Certificación
Decreto 4973 de 2009 · por el cual se establecen los requisitos y procedimientos para la certificación de la asunción de la prestación de los servicios de salud y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.