Micelio

Artículo 8

Decreto 3143 de 1981 · Por el cual se reglamenta la Ley 24 de 1981, en relación con las sociedades mutuarias y se dictan normas para su inspección y vigilancia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo octavo . Los estatutos de toda sociedad mutuaria deberán contener

a)

Razón social, domicilio y ámbito territorial;

b)

Objeto de sus actividades;

c)

Requisitos y procedimientos para la admisión, retiro y pérdida de la calidad de asociados;

d)

Derechos y obligaciones de los asociados;

e)

Régimen disciplinario. Sanciones, causales y procedimientos;

f)

Procedimientos para resolver diferencias o conflictos entre los asociados, o entre ... y la sociedad, distintos de los del régimen disciplinario;

g)

Constitución y convocatoria de asambleas generales, quórum, funcionamiento, procedimientos, objeto y atribuciones de las mismas;

h)

Régimen de organización interna; constitución, procedimientos y funciones de los órganos de dirección y control; condiciones, incompatibilidades y forma de elección de sus miembros;

i)

Representación legal, forma de nombramiento, funciones y responsabilidades;

j)

Constitución e incremento patrimonial de la sociedad, reservas y fondos sociales; finalidades y forma de utilización de los mismos;

k)

Capital inicial y, cuando fuere el caso, capital mínimo no reducible durante la vida de la sociedad, e indicación de los aportes de los asociados;

l)

Régimen de responsabilidad de la sociedad y sus asociados;

m)

Procedimiento para la reforma de estatutos;

n)

Reglas para la fusión, incorporación, transformación e integración de la sociedad; ñ) Reglas y procedimiento para la sustitución de asamblea general de asociados por una de delegados;

o)

Reglas para la disolución y liquidación;

p)

Las demás que se consideren convenientes o necesarias para asegurar el adecuado cumplimiento de sus objetivos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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