Micelio

Artículo 11

Los Servicios De Los Vocales

Ley 12 de 1936 · Por la cual se reorganiza el Departamento de Trabajo del Ministerio de Industrias y Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Industrias podrá aprovechar los servicios de los Vocales de que trata el artículo 10 de la ley 73 de 1927 para la elaboración y estudio de reglamentos generales de trabajo en las diversas industrias, proyectos de ley y otras materias que se requieran especificaciones científicas o técnicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 12 de 1936