Por administración directa o por contratos con empresas especializadas en la materia, el Gobierno Nacional procederá a realizar los estudios, planeamientos y construcción de sendos canales que unan al río San Juan con la ensenada de Málaga, y a ésta con el Puerto de Buenaventura, atravesando el Istmo de San Joaquín y siguiendo el cauce de la quebrada de Aguadulce, y al Sur de Buenaventura, la que une al río Cajambre con la desembocadura del río Mayorquín, frente al Golfo de Tortugas, a fin de facilitar el tráfico de pequeñas embarcaciones en estas zonas del Litoral Pacífico.
Ley 55 de 1966 →Vigente
Artículo 10
Ley 55 de 1966 · Por la cual se dictan medidas para el fomento del turismo y la colonización en la Costa del Pacífico, se declara de utilidad pública la construcción de unas obras, y se ordenan otras, se hace una cesión y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.