Micelio

Artículo 1

Hácese El Siguiente Traslado En El Presupuesto Del Ministerio De Gobierno Capitulo 14 Establecimientos De Castigo

Decreto 824 de 1938 · Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto vigente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácese el siguiente traslado en el presupuesto del MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO 14 Establecimientos de castigo. Del artículo 51. Para sueldos de los empleados de las Penitenciarías, Cárceles de Distrito y de Circuito Judicial, Reclusiones de Mujeres y Colonias Penales y Agrícolas de Acacias y del Caquetá (Nocaimaní) $ 3,500.00 CAPITULO 1° Congreso Nacional. Al artículo 4° Para útiles de escritorio, muebles, enseres, viáticos de comisiones de los miembros del Congreso, fijados por las correspondientes Camaras, y demás gastos de material de las mismas 3,500.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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