Artículo cuarto. El presente Decreto deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, y: rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese,
Decreto 2340 de 1957 →Vigente
Artículo 4
Decreto 2340 de 1957 · Por el cual se delega al Departamento del Cauca la construcción de la terminación del Hotel de Turismo de la ciudad de Popayán
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.