º La Comisión Nacional se reunirá por convocatoria de su Presidente con la periodicidad que la misma Comisión decida.
Decreto 1161 de 1985 →Vigente
Artículo 3
º La Comisión Nacional Se Reunirá Por Convocatoria De Su Presidente Con La Periodicidad Que La Misma Comisión Decida
Decreto 1161 de 1985 · Por el cual se integra la Comisión Nacional de Cooperación con la Unesco y se establecen sus funciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.