Calificación de persona natural extranjera como inversionista nacional . Corresponde al Banco de la República, calificar como inversionistas nacionales a las personas naturales extranjeras que así lo soliciten, cuando demuestren su calidad de residentes conforme con el artículo 2.17.1.2 del presente decreto o las normas que lo modifiquen, sustituyan o complementen.
Decreto 1068 de 2015 →Vigente
Artículo 2.17.2.2.5.1
Calificación De Persona Natural Extranjera Como Inversionista Nacional
Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.