Decreto 2790 de 1994 · por el cual se dictan normas para la inspección y vigilancia de los programas académicos de pregrado de educación superior
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. Vencido el término de seis (6) meses a que se refiere el artículo anterior, el Icfes dispondrá el registro del programa en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior.
Parágrafo
Cuando se adopte alguna de las medidas a que se refiere el artículo 4º del presente Decreto, el registro solo procederá una vez se garanticen las condiciones adecuadas para el funcionamiento del programa.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.