ARTICULO 23 . Son funciones de la Oficina Financiera
Coordinar la preparación y consolidación de los anteproyectos de presupuesto de la Dirección General de Aduanas, del Fondo Rotatorio de Aduanas y del Fondo de Gestión Aduanera;
Coordinar la programación, ejecución y control del presupuesto de la Dirección General de Aduanas, del Fondo Rotatorio de Aduanas y del Fondo de Gestión Aduanera;
Estudiar y evaluar las solicitudes de créditos y contracréditos suplementales y extraordinarios que se requieran durante la ejecución presupuestal de la vigencia;
Aplicar los mecanismos necesarios para controlar la correcta destinación de los recursos apropiados en el presupuesto;
Vigilar el manejo de los recursos a cargo de la tesorería y pagadores de las Jefaturas Regionales de Aduana y vigilar por el pago oportuno de las obligaciones contraídas;
Planear, organizar, dirigir y controlar las operaciones financieras, contables, de tesorería, presupuesto y recaudo de la Dirección General de Aduanas y del Fondo Rotatorio de Aduanas;
Estudiar, planear, coordinar y controlar las inversiones autorizadas por el Fondo Rotatorio de Aduanas;
Coordinar estudios sobre cartera morosa, y el comportamiento de los recaudos obtenidos por recuperación de dicha cartera y efectuar proyecciones para el nivel central y el regional;
Elaborar el Plan de Actividades de la Oficina para aprobación del Subdirector General de Aduanas.