Micelio

Artículo 8

Se Adiciona El Artículo 2

Decreto 204 de 2022 · por el cual se modifican y adicionan unos artículos del Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura 1080 de 2015, sobre Patrimonio Cultural Sumergido.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Se adiciona el artículo 2.7.1.1.10 al Capítulo I del Título I de la Parte VII del Decreto 1080 de 2015, así: Artículo 2.7.1.1.10. Incorporación del Registro Nacional de los Bienes del Patrimonio Cultural Sumergido al Ordenamiento Marino Costero. El Patrimonio Cultural Sumergido contenido en el Registro Nacional de los Bienes del Patrimonio Cultural Sumergido será incorporado en el instrumento de ordenamiento marino costero de la Dirección General Marítima.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 204 de 2022