Micelio

Artículo 1

Ley 105 de 1912 · sobre mejoras de la Universidad Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno procederá a construír un edificio en la ciudad de Bogotá, que sea adecuado para la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional. Queda autorizado el mismo Gobierno para comprar el terreno en que haya de construírse el edificio, y para hacer los gastos que éste exigiere; pero será entendido que se procederá en todo oyendo el concepto del Consejo Directivo de dicha Facultad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 105 de 1912