Micelio

Artículo 3

Hácense Los Siguientes Nombramientos Para El Personal Creado Por El Artículo 2° Del Presente Decreto: Administración Principal De Correos De Ibagué

Decreto 2744 de 1944 · Cambios y modificaciones en el personal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes nombramientos para el personal creado por el artículo 2° del presente Decreto: Administración Principal de Correos de Ibagué. Administrador, señor Gabriel Herrera Duran. Oficiales Segundos, señores Jose Antonio Sanmiguel y Alfredo Terán Auxiliar Primero, señorita Sol María Conde. Auxiliar Segundo con $ 60 mensuales, señorita Rosa Vélez. Auxiliares Segundos, con $ 55 mensuales cada uno, señoras Romelia v. de Vargas, María Rengifo de Huertas, señoritas María H. Carvajal, Etelvina Varón y señor Zabulón Herrera. Auxiliar Tercero, señor José E. Trompa. Carteros, señores, Hernando Montoya, Pedro Arce A. Camilo, Lopera. Fidel Molina y Jorge Marulanda. Mensajería Oficial. Mensajeros de Primera, señores Ismael Falla y Carlos Hernández.

Parágrafo

Los empleados nombrados por el presente artículo que simplemente han cambiado de denominación o que continúan en los mismos puestos que venían desempeñando, no necesitan de una posesión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2744 de 1944