Micelio

Artículo 17

Ley 27 de 1947 · Por la cual se planifica y Nacionaliza la lucha contra la tuberculosis

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno dictará las providencias necesarias para que el Laboratorio Nacional de Higiene "Samper- Martínez" elabore los productos biológicos y químicos que adopten la División de Tuberculosis.

La elaboración se organizará en forma que satisfaga las necesidades de la campaña oficial, y los productos pueden darse a la venta al público en establecimiento y droguerías o farmacias, siempre que estos se someten a expenderlos en las condiciones y a los precios que el Gobierno señale.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 27 de 1947