Micelio

Artículo 36

Autorizase A Las Asociaciones Mutualistas De Ahorro Y Préstamo Para Aceptar Las Retenciones Periódicas Previstas En Los Artículos 152 Y Concordantes Del Código Sustantivo Del Trabajo, Hasta Un Treinta Por Ciento (30%) Mensual Del Salario, Con Destino A La Amortización De Obligaciones Hipotecarias A Favor De Las Mismas Asociaciones

Decreto 299 de 1973 · Por el cual se autoriza el funcionamiento de las Asociaciones Mutualistas de Ahorro y Préstamo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Autorizase a las Asociaciones Mutualistas de Ahorro y Préstamo para aceptar las retenciones periódicas previstas en los artículos 152 y concordantes del Código Sustantivo del Trabajo, hasta un treinta por ciento (30%) mensual del salario, con destino a la amortización de obligaciones hipotecarias a favor de las mismas Asociaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 299 de 1973