Funciones de las Gerencias Seccionales . Son las siguientes
Participar en la formulación y adopción de planes, políticas y programas para el desarrollo de las funciones de la Auditoría General de la República, así como diseñar e implementar las propias del área, de forma armónica con las generales de la entidad.
Dirigir, coordinar y ejecutar, en el ámbito de su jurisdicción, la revisión de cuentas y las auditorías, incluida la evaluación del control fiscal interno sobre los organismos sometidos a su vigilancia, de conformidad con los principios y sistemas fijados por la ley y con los modelos definidos por la Auditoría General de la República, sin perjuicio de la redistribución de competencias y tareas que efectúe el Auditor General.
Responder ante el Auditor Delegado por la vigilancia de la gestión fiscal de su competencia.
Tramitar las actuaciones administrativas sancionatorias, los procesos de responsabilidad fiscal y jurisdicción coactiva de su competencia, de conformidad con las disposiciones que al efecto dicte el Auditor General.
Elaborar los informes sobre la vigilancia de la gestión fiscal efectuada a las entidades sujetas a ella, de conformidad con las directrices impartidas por la Auditoría Delegada.
Atender las quejas y reclamos que formule la ciudadanía en su jurisdicción y darle el trámite correspondiente, de conformidad con las políticas y directrices adoptadas por la Auditoría General.
Dirigir, coordinar y controlar la ejecución de las funciones administrativas, de conformidad con las instrucciones impartidas por el Secretario General, las delegaciones que para el efecto expida el Auditor General y de acuerdo con los procedimientos internos que adopte la entidad.
Las demás funciones que le asigne la Constitución, la ley o el reglamento.