Micelio

Artículo 17

Oficina De Informática

Decreto 2163 de 2011 · por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Notariado y Registro y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina de Informática. La Oficina de Informática ejercerá las siguientes funciones

1.

Coordinar institucionalmente los temas relacionados con la informática y las comunicaciones.

2.

Asesorar y apoyar al Superintendente en la formulación y adopción de las políticas y estrategias informáticas y de comunicaciones de la Entidad.

3.

Diseñar y elaborar con las demás dependencias de la Superintendencia, el Plan Maestro Informático.

4.

Implementar y desarrollar el Plan Maestro Informático de la Superintendencia y realizar su seguimiento y evaluación.

5.

Coadyuvar en la formulación y adopción de las políticas de administración, seguridad y control, necesarias para garantizar la eficacia, eficiencia y confiabilidad de los recursos informáticos de la Superintendencia.

6.

Coordinar la planeación, para el uso y evaluación de los sistemas de información de la Superintendencia.

7.

Evaluar y presentar informes al Superintendente sobre los programas y proyectos informáticos y de comunicación de la Superintendencia.

8.

Adelantar estudios de mercado y de costos en materia de tecnologías de información y comunicaciones, requeridas por la Oficina de Planeación, para la formulación, preparación e inscripción de los proyectos de inversión de la Superintendencia ante los organismos competentes.

9.

Definir y elaborar los términos de referencia en los temas de tecnologías de información y comunicaciones, requeridas por la Entidad para adelantar los procesos de adquisición de bienes y servicios.

10.

Diseñar y ejecutar planes de capacitación en informática dirigido al personal de sistemas y usuarios sobre los servicios y recursos informáticos.

11.

Responder por el adecuado mantenimiento preventivo y correctivo de la plataforma tecnológica de la Superintendencia.

12.

Prestar el servicio de soporte técnico de hardware y software que requieran las dependencias de la Superintendencia, las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos y las Notarías.

13.

Las demás que se le asigne acordes con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2163 de 2011