ARTICULO 4.1.6.0.3 .- DE LAS FUNCIONES DE LA DIRECCION GENERAL ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA . A la Dirección General Administrativa y Financiera, le corresponde desarrollar las siguientes funciones, a través de sus respectivas divisiones
Proponer las políticas que se deben tomar en materia de administración y ejecutar las adoptadas;
Dirigir y supervisar la ejecución de las funciones administrativas de recursos humanos, financieros y servicios generales;
Colaborar en la elaboración del proyecto anual del presupuesto de la Superintendencia Bancaria, y controlar su ejecución;
Coordinar con la dependencia encargada de la planeación y desarrollo de la Superintendencia, la actualización de manuales administrativos, procedimientos, y racionalización operativa;
Revisar el proyecto de resolución que semestralmente fije la contribución de las Instituciones Financieras;
Tramitar las solicitudes de autorización o los funcionarios de la Superintendencia Bancaria para obtener crédito de Instituciones vigiladas;
Controlar el oportuno recaudo de las multas Impuestas o las personas naturales y jurídicas vigiladas, a sus directores, administradores y revisores fiscales, Informando el pago de las mismas a las respectivas dependencias, y
Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.