La suma de que trata el artículo anterior será incluida en el Presupuesto para la próxima vigencia fiscal, y en caso de no quedar incluida en dicha vigencia, lo será en cualquiera de las vigencias fiscales siguientes. El Gobierno Nacional queda facultado para abrir créditos adicionales y hacer los traslados necesarios dentro de la vigencia fiscal respectiva, con el fin de dar cumplimiento a la presente Ley.
Ley 94 de 1960 →Vigente
Artículo 2
Ley 94 de 1960 · Por el cual se auxilia al Municipio de Santodomingo (Antioquia) y se nacionalizan dos Colegios de Segunda Ense?anza
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.