Micelio

Artículo 1

Para Los Efectos De La Ley 51 De 1975, Se Entiende Por Medios De Comunicación Social Los Siguientes: A) Periódicos , Revistas O Boletines De Propiedad De Personas Naturales O Jurídicas, Que Se Publiquen Por Lo Menos Trimestralmente, Y Que Tengan Circulación Pagada, Es Decir, Que No Se Trate De Publicaciones Como Las Universitarias Y Las De Organismos Cívicos O Religiosos, Que Se Reparten En Forma Gratuita; B) Agencias De Noticias; C) Programas O Espacios Que Se Difundan Por Radio O Por Televisión Por Lo Menos Una Vez A La Semana, O Mediante Proyecciones En Las Salas De Exhibición Cinematográfica Por Lo Menos Una Vez Al Mes Y Que Tengan Carácter Informativo O Periodístico

Decreto 733 de 1976 · Por el cual se reglamenta la Ley 51 de 1975

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para los efectos de la Ley 51 de 1975, se entiende por medios de comunicación social los siguientes

a)

Periódicos , revistas o boletines de propiedad de personas naturales o jurídicas, que se publiquen por lo menos trimestralmente, y que tengan circulación pagada, es decir, que no se trate de publicaciones como las universitarias y las de organismos cívicos o religiosos, que se reparten en forma gratuita;

b)

Agencias de noticias;

c)

Programas o espacios que se difundan por radio o por televisión por lo menos una vez a la semana, o mediante proyecciones en las salas de exhibición cinematográfica por lo menos una vez al mes y que tengan carácter informativo o periodístico. Programa informativo es aquel que suministra noticias sin comentarios de ninguna clase, y programa periodístico aquel que utiliza modalidades de la prensa escrita, como editoriales, y comentarios de noticias o de sucesos, con carácter crítico, conceptual o expositivo;

d)

Servicios informativos o de divulgación de las entidades públicas o de economía mixta, ya sean centralizadas o descentralizadas, así como los de las corporaciones legislativas de todo orden, sea que se presenten en Colombia o en el exterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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