Son funciones de la División de Visas:
Preparar instrucciones para los Cónsules acreditados en el exterior en materia de inmigración y vigilar su cumplimiento en coordinación con la División Consular;
Cooperar en coordinación con el Subsecretario y con las entidades correspondientes, en el incremento del turismo internacional;
Estudiar, tramitar y resolver las solicitudes de visas y consultar con el Subsecretario, los casos que por su naturaleza así lo requieran;
Expedir los documentos de viaje en coordinación con la Subsecretaria de Política Exterior y de acuerdo con las disposiciones vigentes sobre la materia;
Estudiar, por instrucción del Subsecretario, las políticas de inmigración, teniendo en cuenta los intereses del país en coordinación con éste y con las entidades oficiales pertinentes, y presentar iniciativas sobre el particular;
Autorizar con su firma la expedición de visas.