(Transitorio). Quienes hayan cursado y aprobado la totalidad de las materias de la carreta con anterioridad a la vigencia del presenté decreto, obtendrá su título de alagado con arreglo a las siguientes disposiciones: 1. Aprobación de exámenes preparatorios sobre las siguientes áreas
Derecho político,
Derecho privado, penal o laboral e) Teoría del procesó y derecho probatorio y además, derecho procesal del área que escoja, de acuerdo con el literal b). 2: Presentación y sustentación de una tesis de gradó sobre tema jurídico concreten el área escogida por el estudiante, si opta por el sistema de exámenes preparatorios; o en él área correspondiente al curso de especialización, si se decide por éste.
Los exámenes preparatorios se pueden compensar con la aprobación de un curso de especialización cuya duración mínima sea de un año, en una de las siguientes áreas: derecho político, derecho privado, derecho penal o derecho laboral. La tesis de gradó se puede compensar con la prestación dé un año de judicatura o de servicio profesional en los cargos señalados en el numeral 3° del artículo 7° de este Decreto.
II. Los egresados a quienes se refiere este artículo podrán igualmente optar el título ele abogado, acogerse al sistema señalado en este Decreto.