Micelio

Artículo 8

Quienes Hayan Aplazado La Prestación Del Servicio Militar Hasta La Culminación De Sus Estudios Superiores O Tecnológicos; En El Momento Que Le Sea Exigible La Prestación Del Mismo, Deberán Acercarse Al Distrito Militar Correspondiente Para Efectos De Su Incorporación

Decreto 2541 de 1998 · por el cual se reglamenta el Servicio Militar Obligatorio para los Menores de edad conforme a lo establecido en el artículo 13 de la Ley 418 de 1997.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Quienes hayan aplazado la prestación del Servicio Militar hasta la culminación de sus estudios superiores o tecnológicos; en el momento que le sea exigible la prestación del mismo, deberán acercarse al Distrito Militar correspondiente para efectos de su Incorporación. Estos jóvenes de acuerdo a las necesidades de la Fuerza, serán destinados a realizar tareas afines con su preparación académica.

Parágrafo

La interrupción de los estudios superiores hará exigible la obligación de incorporarse al servicio militar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2541 de 1998