Micelio

Artículo 63

Ley 101 de 1993 · Ley General de Desarrollo Agropecuario y Pesquero.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Comisión Municipal de Tecnología y Asistencia Técnica Agropecuaria, las siguientes:

1.

Determinar las zonas, veredas y especies agrícolas y pecuarias y acuícolas a atender en forma prioritaria por parte de la Unidad Municipal de Asistencia Técnica Agropecuaria, UMATA, y velar por la efectiva prestación del servicio de asistencia técnica gratuita a los pequeños productores rurales.

2.

Orientar la distribución de recursos municipales previamente asignados para los proyectos de tecnología y/o asistencia técnica agropecuaria a ser ejecutados en el municipio.

3.

Informar al Consejo Municipal de Desarrollo Rural sobre el desarrollo de sus actividades y atender los planteamientos que allí se acuerden y que sean de su competencia.

4.

Las demás funciones que los municipios y sus respectivos Consejos Municipales de Desarrollo Rural consideren pertinentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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