Créanse En La Planta De Personal De Las Seccional De Boyacá Los Siguientes Empleos Para El Centro De Atención De La Localidad De Tunja; Parágrafo 1° Los Médicos Generales, Además De La Atención Ambulatoria, Proveerán El Ciudado Médico Necesario A Las Beneficiarios Hospitalizados En La Localidad
Decreto 316 de 1980 · Por el cual se aprueba un Acuerdo de la junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Créanse en la planta de personal de las Seccional de Boyacá los siguientes empleos para el Centro de Atención de la Localidad de Tunja;
Parágrafo 1
Los médicos generales, además de la atención ambulatoria, proveerán el ciudado médico necesario a las beneficiarios hospitalizados en la localidad.
Parágrafo 2
El Técnico y los Auxiliares de Servicios Administrativo desempañarán entre otras funciones las de: administración de suministros, tesorería, recaudo, afiliación y registro, archivos administrativo.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.