Hácese el siguiente contracrédito a la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal en curso:
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DEUDA PUBLICA NACIONAL
CAPITULO 151
DEUDA INTERNA,
Documentos al portador.
Bonos de Orden Público.
804, 003. Del artículo 1519. Para atender al servicio de amortización y gastos de los recibos provisionales de los "Bonos de Orden Público", que se reciban en pago del Impuesto sobre la Renta y Complementarios del año gravable de 1957, según lo dispuesto en el Decreto legislativo número 1528 de 1956, así: