°. Escala de trabajo. De conformidad con as ciases de suelo establecidas en la Ley 388 de 1997, los estudios se elaboran, como mínimo, en las siguientes escalas: TIPO DE ESTUDIO CLASE DE SUELO ESCALA Estudio Básico Urbano 1:5.000 Expansión Urbana 1:5.000 Rural 1:25.000 Estudio Detallado Urbano 1:2.000 Expansión Urbana 1:2.000 Rural Suburbano 1:5.000
Los municipios o distritos que cuenten con información a una escala de mayor detalle deben emplearla para el desarrollo de los respectivos estudios.
Aquellos municipios o distritos con centros poblados rurales que por su alto grado de exposición a la ocurrencia de fenómenos naturales han sido afectados o tienen la posibilidad de ser afectados, deben adelantar los estudios básicos como mínimo a escala 1:5.000. TÍTULO II CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA ELABORACIÓN DE ESTUDIOS BÁSICOS Y DETALLADOS