Micelio

Artículo 8

Por Las Diligencias Que En Desarrollo De La Ley 63 De 1936 Se Surtan Ante Sindicaturas Recaudadoras De Los Impuestos Y Sucesiones Y Donaciones, No Se Cobrarán Derechos A Los Particulares Interesados

Decreto 1803 de 1937 · Por el cual se reglamenta la expedición de certificados y copias en las oficinas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Por las diligencias que en desarrollo de la Ley 63 de 1936 se surtan ante Sindicaturas Recaudadoras de los impuestos y sucesiones y donaciones, no se cobrarán derechos a los particulares interesados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1803 de 1937