Subdirección de Banca de Inversión . Son funciones de la Subdirección de Banca de Inversión, de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional las siguientes
Asesorar, proponer y hacer seguimiento a los procesos de vinculación y de participación de capital privado, tales como fusiones, adquisiciones, capitalizaciones, concesiones, enajenación y esquemas de participación privada en activos de propiedad directa e indirecta de la Nación y en proyectos de infraestructura.
Asesorar, proponer y emitir los lineamientos generales que aseguren los términos financieros más convenientes para la Nación, en procesos de licitación y concursos públicos-privados de contratos de concesión y de esquemas de participación privada en infraestructura.
Efectuar el seguimiento de la situación financiera de las entidades estatales que cuentan con participación de la Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Asesorar al Ministerio sobre los lineamientos en temas concernientes a empresas en las que la Nación tenga participación y que implique procesos de enajenaciones, democratizaciones, capitalizaciones, descapitalizaciones, liquidaciones, fusiones, escisiones, entre otros; hacer seguimiento a obligaciones contingentes asociadas a los procesos de enajenación y esquemas de participación privada para la toma de decisiones de los procesos anotados, y coordinar con la Subdirección de Riesgo la evaluación y el análisis.
Asesorar al Ministerio sobre los lineamientos para la toma de decisiones en juntas directivas y en las asambleas de accionistas de las empresas en las cuales la Nación tenga participación.
Colaborar, con las entidades competentes, en la preparación de los documentos Conpes que establezcan lineamientos sobre procesos de vinculación de capital y participación privada en proyectos de infraestructura, procesos de enajenación de activos estatales, entre otros que se consideren estratégicos.
Asesorar a las entidades competentes en la estructuración de los términos financieros de los proyectos de transporte masivo en los cuales participe la Nación.
Asesorar y hacer seguimiento a las entidades del orden nacional en la ejecución de las políticas y programas establecidos, como resultado de los procesos de vinculación de capital privado, específicamente en aquellos que han sido estructurados con participación de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional.
Promover, bajo la orientación del Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional, la participación del sector privado en empresas y sociedades en las cuales tenga participación la Nación y diseñar los instrumentos de apoyo a los procesos de vinculación de capital privado.
Estudiar los documentos y minutas de contrato de las operaciones de vinculación de capital privado, capitalización, procesos de concesión y enajenación de activos y/o acciones de la Nación, asesorar en la negociación de las mismas y preparar los proyectos de actos administrativos correspondientes, cuando las entidades competentes lo soliciten o el Ministerio lo considere necesario.
Presentar concepto cuando a ello haya lugar respecto de la información necesaria para la incorporación de recursos y la programación de necesidades presupuestales de los procesos de vinculación de capital y participación privada, capitalización, concesiones, enajenación de activos y demás de su competencia.
Preparar la información y la correspondiente exposición que deba hacer el Ministro de Hacienda y Crédito Público, cuando sea citado ante el Congreso de la República, en relación con los asuntos de su competencia.
Coordinar los procesos relacionados con la administración de las acciones de la Nación en Sociedades de Economía Mixta vinculadas al Ministerio y de otras sociedades de economía mixta en virtud de convenios interadministrativos que se celebren para el efecto y asesorar lo relacionado con la enajenación de activos y la propiedad accionaria de las mismas y presentar los informes a las áreas competentes.
Participar en Juntas Directivas, Asambleas y Comités en donde la Nación tiene participación accionaria, efectuar seguimiento a las decisiones que se tomen e informar a las áreas respectivas.
Coordinar con la Subdirección de Riesgo la evaluación y el análisis de las contingencias de la Nación en relación con los asuntos de su competencia.
Preparar la documentación que la Dirección deba presentar al Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, para el análisis de la programación y modificación de los aportes de la Nación en los Sistemas Integrados de Transporte Masivo, el establecimiento de los lineamientos y el diseño de los convenios para el cumplimiento de los objetivos establecidos.
Participar en la formulación de directrices, estrategias, programas, procedimientos y planes de acción relacionados con las funciones del área, velar por su cumplimiento y recomendar y aplicar las modificaciones que se consideren necesarias.
Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.