Funciones del Consejo Directivo . El Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, además de las establecidas en el artículo 76 de la Ley 489 de 1998, tendrá las siguientes funciones
Formular y adoptar los planes y programas que deben desarrollarse, de acuerdo con los lineamientos trazados por el Gobierno Nacional para el sistema carcelario y penitenciario y que deben ser incorporados a los planes Sectoriales, Regionales y a los planes generales de desarrollo.
Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos del Instituto de cada vigencia y los acuerdos mensuales de gastos.
Proponer al Gobierno Nacional las modificaciones de la estructura orgánica que considere pertinentes, y adoptar los estatutos internos del Instituto.
Autorizar comisiones al exterior para los empleados y funcionarios del Instituto.
Adoptar su reglamento interno.
Las demás funciones que le sean fijadas por la ley o por los estatutos.