DIVULGACIÓN DE FRAUDES . La entidad está en la obligación de difundir públicamente, por el medio más efectivo, la dirección del inmueble y nombre o razón social del usuario que incurra en las causales de los literales e) y f) del artículo 16 del presente Decreto.
Decreto 1303 de 1989 →Vigente
Artículo 23
Decreto 1303 de 1989 · Por el cual se establece el régimen de suspensiones del servicio eléctrico y las sanciones pecuniarias por el uso no autorizado o fraudulento del mismo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.