Micelio

Artículo 15

Decreto 2056 de 2003 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías, Invías, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de la Red Nacional de Carreteras. La Subdirección de la Red Nacional de Carreteras ejercerá las siguientes funciones: 15.1 Ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la infraestructura de la red primaria no concesionada y cumplir la regulación técnica establecida, así como la normatividad ambiental vigente. 15.2 Administrar integralmente los procesos de construcción, conservación, rehabilitación, operación, señalización, y de seguridad de la infraestructura de carreteras primarias no concesionada. 15.3 Elaborar las especificaciones técnicas del proceso contractual de la infraestructura a su cargo. 15.4 Coordinar y evaluar la ejecución de los contratos, y apoyar integralmente el proceso de supervisión contractual que ejecutan las direcciones territoriales. 15.5 Controlar, evaluar y hacer el seguimiento de los planes y proyectos a su cargo. 15.6 Las demás que le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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