º. Las corporaciones de ahorro y vivienda quedan autorizadas para otorgar préstamos a las industrias productoras de materiales para la construcción, previo concepto favorables en cada caso del Banco de la República. En su conjunto estos préstamos no podrán exceder del 5 por ciento del total de la cartera de cada corporación, tendrán un plazo máximo de tres años y se pactarán a las tasas de interés vigentes para préstamos a los constructores en el sistema de valor constante. El Banco de la República, en coordinación con la Junta Monetaria, basará su concepto en una identificación de los materiales que se consideren prioritarios para la industria de la construcción.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.