Micelio

Artículo 1

Tanto Las Entidades Que Se Constituyan O Se Conviertan En Cooperativas Financieras, Como Las De Ahorro Y Crédito Multiactivas E Integrales Con Sección De Ahorro Y Crédito, Continuarán Sujetas A Las Normas De Regulación Prudencial Establecidas En El Decreto 1840 De 1997

Decreto 1587 de 1998 · por el cual se dictan normas para cooperativas financieras, de ahorro y crédito, multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Tanto las entidades que se constituyan o se conviertan en cooperativas financieras, como las de ahorro y crédito multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito, continuarán sujetas a las normas de regulación prudencial establecidas en el Decreto 1840 de 1997.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1587 de 1998