Toda Persona Que Viaje A Las Islas De San Andrés Y Providencia, Debería Proveerse De Una Tarjeta De Visita, Que Será Expedida Por La Compañía Transportadora D, De Acuerdo Con El Modelo Elaborado Por La División De Aduanas
Decreto 2455 de 1960 · Por el cual se adiciona y reforma el Decreto 0445 de 1960,y se dictan otras disposición es
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Toda persona que viaje a las Islas de San Andrés y providencia, debería proveerse de una tarjeta de visita, que será expedida por la compañía transportadora d, de acuerdo con el modelo elaborado por la División de Aduanas.
Parágrafo
, La tarjeta será expedida en el lugar de salida, y se entregará por la compañía transportadora a las autoridades aduaneras de San Andrés y Providencia a la llegada de la nave.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.