Micelio

Artículo 78

Requisito Para Permanecer En Comisión De Estudios

Decreto 1300 de 1978 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 612 de 1977, reorgánico de la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisito para permanecer en comisión de estudios. El oficial o suboficial destinado en comisión de estudios en universidades, escuelas o institutos superiores distintos a los de las Fuerzas Militares, dentro del país o en el exterior, tiene la obligación de presentar al respectivo Comando de Fuerza, al término de cada periodo lectivo reglamentario, un certificado de estudios en que consten las calificaciones obtenidas en las distintas materias del pénsum correspondiente y en concepto que sobre su desempeño general tengan las directivas del respectivo centro docente. En base a dicho certificado, el Comando de Fuerza interesado recomendará la prolongación o el término de la comisión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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