° De la conducta inmediata a la atención inicial de la urgencia. Una vez atendido el paciente, la entidad informará de manera inmediata a la unidad de urgencias del correspondiente nivel de Dirección Seccional o Local de Salud los datos sobre diagnóstico, severidad y necesidad de referencia del paciente. La unidad de urgencias del correspondiente nivel de Dirección Seccional o Local de Salud establecerá la condición del paciente y definirá los procesos a seguir.
Decreto 1761 de 1990 →Vigente
Artículo 4
De La Conducta Inmediata A La Atención Inicial De La Urgencia
Decreto 1761 de 1990 · por el cual se reglamentan los servicios de urgencias.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.