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Artículo 2

Parámetros Técnicos Para Los Cálculos Actuariales

Decreto 2852 de 1994 · por el cual se modifica el artículo 77 del Decreto 2649 de diciembre 29 de 1993 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 2º Parámetros técnicos para los cálculos actuariales. En la elaboración de los cálculos actuariales por pensiones de jubilación que en lo sucesivo elaboren las empresas que por ley o convención colectiva tienen a cargo pensiones o plenas o compartidas con el ISS, deberán tenerse en cuenta los siguientes parámetros técnicos

a)

Tabla de mortalidad de rentistas hombres y mujeres experiencia ISS 1980-1989 adoptadas por Resolución número 0585 de abril 11 de 1994 de la Superintendencia Bancaria o las disposiciones que la modifiquen o adicionen;

b)

Inclusión de las mesadas adicionales en junio y diciembre de cada año;

c)

Las tasas de interés continuarán rigiéndose por las disposiciones vigentes emanadas de la Superintendencia respectiva;

d)

Las obligaciones por concepto de Bonos o Títulos Pensionales deberán calcularse en una forma separada y conforme a la metodología descrita en los Decretos 1725/94, 1726/94 y 1887/94 respectivamente. Los montos por tales conceptos forman parte de la reserva del cálculo actuarial a cargo de la entidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2852 de 1994