Articulo 2º Parámetros técnicos para los cálculos actuariales. En la elaboración de los cálculos actuariales por pensiones de jubilación que en lo sucesivo elaboren las empresas que por ley o convención colectiva tienen a cargo pensiones o plenas o compartidas con el ISS, deberán tenerse en cuenta los siguientes parámetros técnicos
Tabla de mortalidad de rentistas hombres y mujeres experiencia ISS 1980-1989 adoptadas por Resolución número 0585 de abril 11 de 1994 de la Superintendencia Bancaria o las disposiciones que la modifiquen o adicionen;
Inclusión de las mesadas adicionales en junio y diciembre de cada año;
Las tasas de interés continuarán rigiéndose por las disposiciones vigentes emanadas de la Superintendencia respectiva;
Las obligaciones por concepto de Bonos o Títulos Pensionales deberán calcularse en una forma separada y conforme a la metodología descrita en los Decretos 1725/94, 1726/94 y 1887/94 respectivamente. Los montos por tales conceptos forman parte de la reserva del cálculo actuarial a cargo de la entidad.