Micelio

Artículo 6

Decreto 1576 de 2002 · por el cual se establecen los estándares de calidad de programas académicos del pregrado en Ciencias Exactas y Naturales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Formación investigativa. El programa hará explícita la forma como se desarrolla la cultura investigativa y el pensamiento crítico y autónomo, que permita a estudiantes y profesores acceder a los nuevos desarrollos del conocimiento. Para tal propósito, el programa deberá incorporar los medios para desarrollar la investigación, y para acceder a los más importantes avances del conocimiento en el campo de la biología, física, geología, matemáticas o química. Igualmente el programa incluirá y desarrollará procesos orientados a la formación investigativa básica de los estudiantes, y contará con publicaciones y otros medios de información que permitan la participación de los profesores y de los estudiantes y la difusión de sus aportes investigativos. Para tal propósito, la institución de educación superior demostrará que maneja e incorpora en sus propuestas de formación, la investigación que se desarrolla en las ciencias exactas y naturales, y la manera como los estudiantes del programa se incorporan a las líneas y proyectos de investigación en marcha en la Facultad. La formación investigativa del biólogo, el físico, el geólogo, el matemático o químico asegurará

1.

La comprensión de los procesos de producción del conocimiento básico y aplicado en el campo de las ciencias exactas y naturales y de la biología, física, geología, matemáticas o química en particular.

2.

El desarrollo de capacidades básicas para el diseño y análisis investigativo que permitan aproximaciones comprensivas a fenómenos de diversa naturaleza.

3.

El discernimiento de las responsabilidades éticas inherentes al proceso investigativo y al uso del conocimiento producido.

4.

El contacto con diversas formas del trabajo investigativo que permita desarrollar la capacidad de formular un proyecto de investigación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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