Micelio

Artículo 32

El Ministerio De Salud O Sus Organismos Delegados Podrán Exigir Los Exámenes Complementarios Que Consideren Necesarios, De Acuerdo Con El Riesgo Epidemiológico De Los Alimentos O Materias Primas

Decreto 2333 de 1982 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la ley 9ª de 1979, en cuanto a las condiciones sanitarias de las fábricas, depósitos y expendios de alimentos; de los alimentos; del transporte y la distribución de los mismos, y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Salud o sus organismos delegados podrán exigir los exámenes complementarios que consideren necesarios, de acuerdo con el riesgo epidemiológico de los alimentos o materias primas. La autoridad sanitaria podrá exigir que el personal se someta a exámenes médicos cuando las condiciones sanitarias lo requiera. Validez del carné de manipulación .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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