Vigencia y derogatorias. El presente Decreto rige a partir de su publicación, sin perjuicio del régimen de transición previsto en su artículo 13, adiciona un
al artículo 2.17.2.1.19, el Título 4 al Libro 17 de la Parte 2, el Título 8, el Título 9 y el Título 10 al Libro 35 de la Parte 2 y el artículo 2.36.9.1.21. al Título 9 del Libro 36 de la Parte 2 del Decreto 2555 de 2010; modifica el artículo 2.17.1.1.1, el numeral 4. del artículo 2.17.2.1.14., el literal a) del artículo 2.31.2.2.3, el inciso segundo y el
del artículo 2.34.1.1.1. y el literal a) del artículo 2.34.1.1.3. del Decreto 2555 de 2010 y deroga el literal e) del artículo 2.31.2.2.3., los
s 2° y 3° del artículo 2.34.1.1.2. y el literal e) del artículo 2.34.1.1.3 del Decreto 2555 de 2010
s 2° y 3° ) Artículo 2.34.1.1.2 DECRETO 2555 de 2010