Molifíquese el artículo 5 del Decreto 3571 de 2011, el cual quedará así: "ARTÍCULO 5. Estructura. Para el cumplimiento de sus funciones, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio tendrá la siguiente estructura
Despacho del Ministro 1.1 Oficina Asesora Jurídica 1.2 Oficina de Control Interno 1.3 Oficina Asesora de Planeación 1.4 Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
Despacho del Viceministro de Vivienda 2.1 Dirección del Sistema Habitacional 2.2 Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social 2.2.1 Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda 2.2.2 Subdirección de Promoción y Apoyo Técnico 2.2.3 Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural 2.3 Dirección de Espacio Urbano y Territorial 2.3.1 Subdirección de Políticas de Desarrollo Urbano y Territorial 2.3.2 Subdirección de Asistencia Técnica y Operaciones Urbanas Integrales 2.4 Dirección de Vivienda Rural 2.4.1 Subdirección de Política y Apoyo Técnico 2.4.2. Subdirección de Acompañamiento y Evaluación
Despacho del Viceministro de Agua y Saneamiento Básico 3.1 Dirección de Política y Regulación 3.2 Dirección de Infraestructura y Desarrollo Empresarial 3.2.1 Subdirección de Programas 3.2.2 Subdirección de Desarrollo Empresarial 3.2.3 Subdirección de Proyectos
Secretaría General 4.1 Subdirección de Finanzas y Presupuesto 4.2 Subdirección de Servicios Administrativos
Órganos de Asesoría y Coordinación 5.1 Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo 5.2 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno 5.3 Comité de Gerencia 5.4 Comisión de Personal."