° Fuera del manifiesto general que debe presentar el consignatario del buque según el citado artículo 202, presentará cada exportador de café, uno relativo á esta mercadería, en forma análoga á la de los que se emplean para la importación, con el objeto de que se pueda extender en él la diligencia de reconocimiento y la liquidación de derechos correspondientes.
Decreto 454 de 1895 →Vigente
Artículo 3
Fuera Del Manifiesto General Que Debe Presentar El Consignatario Del Buque Según El Citado Artículo 202, Presentará Cada Exportador De Café, Uno Relativo Á Esta Mercadería, En Forma Análoga Á La De Los Que Se Emplean Para La Importación, Con El Objeto De Que Se Pueda Extender En Él La Diligencia De Reconocimiento Y La Liquidación De Derechos Correspondientes
Decreto 454 de 1895 · Sobre formalidades para el cobro de los derechos de exportación del café
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.